PRIMERO: IMPROCEDENTE la Acción Amparo Cautelar conjuntamente ejercido con el Recurso de Nulidad impugnado solicitada por el Abogado MANUEL ANTONIO ARANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 94.492, en su carácter de Apoderado judicial de la sociedad mercantil: "CONSTRUCCIONES ADONAY PLAZA, C.A.", ejerció acción de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 0875-11 de fecha 24 de agosto del 2011, en el expediente N° 043-2011-01-01942, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa De Oro y Libertador del Estado Aragua, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos; interpuesto por el ciudadano PEDRO PABLO SANTODOMINGO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 24.685.614, plenamente identificado a los autos.