DISPOSITIVA
En consecuencia a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA: LA PENA CUMPLIDA POR EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en lo que respecta a la pena corporal al penado: LUIS RODOLFO CAMPOS RIVAS, titular de la cedula de identidad Nº V-19.243.288. quien se encuentra en arresto domiciliario en la siguiente dirección CENTRO DE REHABILITACION LA LUZ VERDADERA, EN CAGUA SECTOR RAFAEL URDANETA, LA SEGUNDERA, SECTOR 01, AV. 04, VEREDA 41, CASA 03, DETRÁS DE LA IGLESIA EVANGELICA LUZ VERDADERA, CAGUA MUNICIPIO SUCRE ESTADO ARAGUA. 2.- SE ACUERDA: LA LIBERTAD PLENA del referido ciudadano en relación a la presente Causa signada con el N° 2E-4198-16. 3.- ORDENA: la remisión de la misma, en su oportunidad legal al ARCHIVO REGIONAL de este Estado, a los fines d.....