En virtud de la declaratoria precedentemente señalada, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 ordinales 4° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal, por la ciudadana ABG. VIDALINA MARIÑO RUÍZ, en su carácter de víctima indirecta y parte querellante, contra la decisión dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal N° NP01-P-2008-001550, a cargo de la Jueza ABG. LISBETH RONDÓN, mediante la cual consideró que no era procedente la solicitud de aplicación de una Medida de Privación Preventiva de Libertad, en contra de los imputados JOSE MIGUEL NARVAEZ, RENGEL, JUAN BAUTISTA FARIAS, ALEXIS GERARDO TONITO GUTIERREZ, DARWIN JOSE URBANEJA, HECTOR ALI MARCANO V.....