Este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: ADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, presentado por el Abogado Carlos Alfonzo Vivi Moreno, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.116, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de SCHLUMBERGER DE VENEZUELA, S.A. Sociedad Mercantil, contra la Providencia Administrativa Nº 00436-09, de fecha 21 de Agosto de 2009, contenida en el expediente Nº 044-2009-01-00376, emanada de la Inspectoria del Trabajo del estado Monagas. SEGUNDO: PROCEDENTE, la solicitud de medida cautelar de Suspensión de los Efectos. TERCERO: ORDENA: Que el solicitante presente una caución a satisfacción del Tribunal equivalente a Quince (15) salarios mínimos mensuales.....