PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARTHA RAMIREZ, en su carácter de defensora Pública de los imputados: JORGE ENRIQUE ORTIZ GIMENES Y MOISES ALFONZO RANGEL GUTIERREZ. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en Audiencia Especial de presentación de Detenido, celebrada en fecha 06 de Agosto de 2013, por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en la cual entre otros pronunciamientos decretó la medida privativa de libertad, de conformidad con lo establecido en el artículos 236 ordinales 1°, 2° y 3°, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.