Este Tribunal mediante sentencia resuelve: Se decreta una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, conforme a lo establecido en el numeral 1º del artículo 92 de la Ley Especial que rige la materia, la cual consiste en una ARRESTO TRANSITORIO POR 48 HORAS, A PARTIR DEL DÍA DE HOY A LAS 5:HORAS DE LA TARDE HASTA MIERCOLES 12 DE MARZO 2014, el cual cumplirá en el retén de la Policía del Estado Monagas, y recobrará la Libertad condicional desde ese centro de reclusión sin necesidad de que se libre orden por escrito nuevamente. En concordancia con la Medida Cautelar sustitutiva de presentación establecida Código Orgánico Procesal Penal, en el numeral 3 del artículo 242 consistente la obligación de presentarse ante el SERVICIO DE ALGUACILAZGO adscrito a esta sede judicial, cada VEINTE (20) DIAS iniciando su régimen de presentaciones el día Martes Jueves 13-3-14 .-