Por las razones expuestas, y por la facultad conferida según resolución No.2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo del 2009, y en concordancia con la nueva competencia atribuida en la Resolución N° 2013¬0006, aprobada en Sesión Ordinaria de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 20 de Febrero de 2013, Publicada en la Gaceta Judicial N° 28 de fecha 05 de Junio de 2013; Los Tribunales de Municipio, adoptarán la siguiente denominación: Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. De acuerdo a lo establecido a la Resolución 2013-0006, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acosta de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil Venezolano, que establece: "Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de Cinco (5) años, cual.....