Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 31/02/1.992, entre el ciudadano COSMO FANTASIA FUSTOLO y la ciudadana CARMEN FLORENCIA FIGUEROA DE GONZALEZ y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La entrega del inmueble que se identifica a continuación: Una casa, Ubicada en Maracay, Urbanización Río Guey, Calle La Romana, N° 08, Municipio Girardot libre de bienes y personas, en el mismo estado en el cual lo recibió y solventes de todos los servicios Públicos.-
SEGUNDO: Pagar a la parte actora por concepto de cánones de arrendamiento vencidos y no cancelados desde el mes de Mayo de 1996 hasta el mes de Septiembre de 2006, la cantidad de QUINIENTOS OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 50.....