este Tribunal, emite pronunciamiento, previa realización de audiencia especial, conforme a lo previsto en el artículo 33 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, en los términos siguientes:
PRIMERO: El Fiscal Superior solicitante señaló en el escrito que dio origen al presente pronunciamiento, que el día 08 de marzo de 2011, acudió por ante la Unidad de Atención a la Víctima la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público, abg. Lisbeth Rojas, quien mediante comunicación N° 16f15-1908-11, solicita se tramite la medida de protección a favor de la ciudadana de la ciudadana DEYANIRA DEL VALLE RENGEL CEDEÑO, titular de la cédula de identidad N° 13.590.347, venezolana, soltera, de 33 años de edad, administradora, residenciada en la urbanización Los Girasoles, carretera nacional vía La Toscana, calle "B", casa Nro. 52, Municipio Piar, estado Monagas, indicando que la referida ciudadana es víctima directa en asunto signado con el Nro. NP01-P-2010-002424, que.....