DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, ésta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara SIN LUGAR recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de marzo de 2014, por la profesional del derecho ELIZABETH LICCIONI MARQUEZ, Defensora Pública Vigésima Quinta Penal, en su carácter de defensora de los ciudadanos DEIVIS RAFAEL CABEZA MALAVE y JOSÉ MADRID GONZALEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 2 de marzo del 2014, por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreta en contra de los ciudadanos DEIVIS RAFAEL CABEZA MALAVE y JOSÉ MADRID GONZALEZ, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2, 3 y pará.....