´Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer del presente Recurso de apelación, interpuesto por las abogadas NOHELIA CARVAJAL SALAZAR y MARIA YOVANINA RUIZ DE SALAZAR, actuando en su carácter de Defensa Privada del ciudadano Victor Manuel Magallanes, identificado con la cedula número V-5.280.843, de conformidad con el artículo 127 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
SEGUNDO: Se declara Sin Lugar el presente Recurso de apelación interpuesto por el abogado José Quintín Gomez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 26.923, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Deivis Ernesto Moncada Jerez, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12......