UNICO: Demostrado en actas como a quedado, que el domicilio del ciudadano sancionado es SAN FERNANDO DE APURE, _________________ESTADO APURE este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 629, 630 letra "a", 631 letra "a", 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda: DECLINAR el conocimiento de la presente causa al Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure por considerar al referido juzgado competente para que conozca del cumplimiento de la sanción de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de un año y cuatro meses y SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE SEIS MESES a la cual fuere condenado el ciudadano sancionado RONNY RAFAEL SAL.....