INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, intentado por el ciudadano GUSTAVO GUZMAN HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-5.265.879, debidamente asistido por la profesional del derecho ASTRID ALESKA MEDINA ATTIAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.313, quien ejerció acción de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 00278-12, de fecha 14 de septiembre del 2012, en el expediente N° 009-2011-01-01326, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del Estado Aragua, con sede en Cagua; de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa