IV. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho arriba mencionadas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 5 de abril de 2016 por la abogada José Domador, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 78.370, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Fallowm Odraily Rangel, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-16.887.909. En consecuencia:
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión recurrida de fecha 14 de enero de 2016, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua.
TERCERO: IMPROCEDENTE en derecho la pretensión de reivindicación de propiedad contenida en la deman.....