Después de un largo debate conjuntamente con la jueza, la representación de la demandada, una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las prestaciones pendientes, hacen un ofrecimiento a el ciudadano: RAFAEL ANTONIO MEJIAS SANCHEZ, por la cantidad de DIEZ MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES SIN CÉNTIMOS (Bs. F. 10.200,00), pagaderos para el día martes 16-06-2009, por ante el Tribunal, ofrecimientos y modalidad esta aceptada por el actor, con la finalidad de poner fin a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoaran el ciudadano RAFAEL ANTONIO MEJIAS SANCHEZ, plenamente identificados ut supra, contra la empresa "SOCIEDAD DE COMERCIO FLETES SIDERURGICOS, C.A.". Ahora bien la ciudadana jueza una vez oídas la manifestación de aceptación por parte del actor tanto en el monto como en la modalidad de pago y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derechos, este Tribunal OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN.....