Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, en el juicio que por INTIMACIÓN Y ESTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, siguen los abogados NERIO E. LOZADA y MANUEL A. ACEVEDO, en contra de los ciudadanos: MARLENE RAMOS CALDERÓN y JOSÉ DOMÍNGUES RAMOS, SE DECLARA:
PRIMERO: TERMINADA la incidencia de Tacha planteada por la parte actora y se desecha del proceso el Instrumento Poder, cursante a los folios 251 y 252 de la primera pieza del presente expediente, autenticado ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Baruta del Estado Miranda, de fecha 12 de mayo de 2014, anotado bajo el Nº 14, Tomo 81, consignado por la abogada TAMARA SUCURRO GONZÁLEZ.
SEGUNDO: NULO el escrito, cursante a los folios .....