Este Tribunal, Decimo de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley le imparte en esta acto la HOMOLOGACIÒN JUDICIAL, al acuerdo alcanzado entre las partes en éste proceso, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, instando a las partes a cumplir de buena fe el acuerdo alcanzado y asentado en esta Acta. En este estado se deja constancia que no se consigna material probatorio. El Tribunal deja asentado que en vista que cursa en autos la totalidad del pago aquí convenido se da por terminado el presente expediente y se ordena su cierra y archivo.- Finalmente la ciudadana Jueza, ordenó la lectura integra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ