Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos ROBERTO JOSÉ CEDEÑO CORCEGA y REINA MAGALIS CARABALLO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 4.335.998 y 4.334.884, respectivamente, domiciliados en Maturín, estado Monagas el primero de los mencionados y la segunda en Caripito, estado Monagas. EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído por ante la Prefectura Civil de la Parroquia San José del Municipio Bolivariano Libertador. Distrito Capital, en fecha 29 de septiembre del 1978, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio nú.....