Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por el ciudadano FELIX GUILLERMO SANDOVAL SANABRIA, identificado con la cedula de identidad N° V- 8.693.885, contra la ciudadana ESTELA JOSEFA BONILLA MENDEZ, identificada con la cedula de identidad N° V-6.894.323, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, el día doce (12) de diciembre del año 1983, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar, Estado Aragua, según acta de Matrimonio N° 261, Folio 262, Año 1983, con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016.