Es por ello que este Juzgador en uso de las facultades que le confiere la ley, se declara incompetente de conocer la presente causa y declina la competencia por Materia especial, al Tribunal Tercero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Bancario, de Protección del Niño y del Adolescente y Agrario, del Estado Aragua, con sede en La Ciudad de Maracay.-Cúmplase lo ordenado y remítase el expediente.- Líbrese Oficio. Cúmplase.
El Juez
Abg. Gabriel Spadea Salerno
El Secretario
Abg. Howard escobar Rubio
Exp N°. 2009-087.