Declara PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la Abg. Tamaira García, inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula Nro. 187.645, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, ciudadano AXEL RAMON MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.145.396, ejercido en contra de la Sentencia emitida en fecha 07 de abril de 2014 por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, en el asunto identificado con la nomenclatura DP41-V-2014-000264. Y así se decide. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se revoca la sentencia impugnada. Y así se decide. TERCERO: Se ordena la reposición de la causa al estado de Admisión de la misma. Y así se decide. CUARTO: Trascurrida como sea la oportunidad procesal para la interposición del Recurso a que hubiere lugar en contra de la presente decisión, se ordena la remisión del expediente al Tribunal A-Quo, a los fines legales consiguientes. Y así .....