Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, DECLARA: CONCEDER 12 (12) MESES DE PRÓRROGA a la compañía Pinturas Venezolanas C.A. (PINTUVEN, C.A.) contados a partir de la fecha de la presente decisión.