es por lo que, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, y por considerar que el referido desistimiento no es contrario a ninguna disposición expresa en la Ley y versa sobre los derechos disponibles, le imparte la HOMOLOGACIÓN al Desistimiento realizado por la parte actora, por lo que respecta al ciudadano EDUARDO RAFAEL FLORES MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.979.134, y se procede como en sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide y se declara.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA
ABG. YURAIMA LUSICHE
LA SECRETARIA,
ABG. JUBELY FRANCO.
YL/JF.-