Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado Armando José Bonalde García, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INSTITUTO UNIVERSITARIO DE MERCADOTECNIA ISUM, C.A.