este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Nº 6 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera IMPROCEDENTE, el CESE DE PRESENTACIONES solicitado por los acusados SIMON VICENTE OCHOA MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº V-9.651.116; JHONNY JOSE FLORES GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-15.962.143. ORLANDO RAMON RODRIGUEZ ALAMO, titular de la cedula de identidad Nº V-6.727.373 y JAIME RAFAEL MOTA DELGADO, titular de la cedula de identidad Nº V-14.443.606, y en consecuencia, se mantiene la validez de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD contenida en el artículo 242 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, que pesa sobre los acusados suficientemente identificados en las actuaciones. Por lo que en consecuencia, se mantiene el REGIMEN DE PRESENTACIONES cada treinta (30) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial P.....