Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DENNIS JESUS CORONADO BOLIVAR, titular de la cedula de identidad N° V-23.524.357, Venezolano, de estado civil Soltero, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 21-10-1990, natural de MARACAY, ESTADO ARAGUA, profesión u oficio: Obrero, residenciado en: CALLE EL SAMAN, BARRIO CAMPO ALEGRE, NUMERO 110, ESTADO ARAGUA, TELEFONO 0412-034.9535, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS Y DOS (02) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 todos del Código Penal Vigente, pena ésta que habrá.....