Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte accionante, en contra de la decisión dictada en fecha 17/07/2024, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la anterior decisión, por lo motivos antes expuestos. TERCERO: INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBIDORA PORCINA 1969, C.A., contra la Inspectoría del Trabajo de los Municipios José Félix Ribas, Santos Michelena, José Ángel Revenga, Tovar y Bolívar del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria.