este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: QUE ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer de la demanda que por enfermedad ocupacional ha incoado el ciudadano RODRIGO ANTONIO RODRIGUEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad Nro. V-8.732.861, debidamente asistido por la Procuradora de Trabajadores abogada GIPSY AGUILAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 167.835, contra la Entidad de Trabajo INDUSTRIAS RUANSA DE VENEZUELA C.A