Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en al artículo 502 del Código Civil, se ordena al Director de Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana DIONEIDY ANGELICA, hija de la ciudadana NORMA MEDINA DE DELGADO, ya identificada, la cual se encuentra inserta bajo el N° 970, de fecha 24 de noviembre de 1998, de los libros de nacimiento llevados por la Prefectura de Samán de Guere del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a fin de que donde se encuentra asentado el numero de la Cédula de Identidad de la madre de DIONEI.....