Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos LAURENTINO GELVES RODRIGUEZ y LUISA MARGARITA MARCANO RONDÓN, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.700.165 y V- 7.252.944, respectivamente; En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fecha 13 de Enero del año 2000, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, del Estado Aragua, anexando a tales efectos Copia Certificada de Acta N° 76, año 2.000.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribuna.....