Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INCOADA por el Ciudadano JOSÉ ALBERTO MENDOZA ALVARADO, titular de la cedula de identidad V-7.221.628, en contra de COMPAÑÍA ANÓNIMA ELECTRICIDAD DEL CENTRO, FILIAL DE COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), originalmente inscrita ante el Registro Mercantil de la Primera Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27/10/1958, bajo el N° 20, Tomo 33-A; y en consecuencia SE CONDENA a la demandada a cancelarle a la parte actora la cantidad de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 22.224,38) por concepto de indemnizaciones previstas en los artículos 572 de la Ley Orgánica del Trabajo y 33, Parágrafo Segun.....