En razón de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO:TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DEL TRÁMITE, en la acción de Amparo Constitucional, interpuesto por la ciudadana VICKY ROSS ACHRAM SAMMAK, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 21.481.006; en contra del ciudadano JOSE GREGORIO RISQUEZ SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 13.454.588.
SEGUNDO:De conformidad con lo establecido en el articulo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales una multa de CERO CON CINCO MILÉSIMOS DE BOLIVARES, (Bs. 0,005), los cuales deberá pagar en el término de tres (3) días, contados a partir de la publicaci.....