Por los fundamentos antes expuestos esta Corte de Apelaciones con competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Se declara Competente para conocer de los presentes recursos de Apelación de sentencia, interpuestos por los abogados Luís Cecilio Perdomo Franco y Carlos Adolfo Flores Barcaza, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 50.789 y 251.533 respectivamente, en contra del fallo condenatorio emitido por el Tribunal Segundo (2º) de Primera (1ª) Instancia en función de Juicio circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, dictada en fecha 01 de octubre de 2024 y publicada in extenso en fecha 10 de octubre de 2024, en el asunto signado bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2023-001256 (nomenclatura propia del tribunal de origen).
Segundo: Declara Sin Lugar el recurso de Ape.....