DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, fuera incoado por MEIVI YORIANI ONTIVEROS BANDE y LUIS ALFREDO AYALA ORTIZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.206.666 y V-14.038.349 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JORGE ALEJANDRO CASTELLANOS inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 277.079 contra los ciudadanos JUAN JOSE BANDEZ RIVERO, JULIA BARRIOS DE ALVAREZ, JUAN PABLO BARRIOS, PEDRO REGALADO BARRIOS y EVANGELISTA BANDE BARRIOS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.188.646, V-3.435.812, V-5.268.02.....