DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: se HOMOLOGA el Convenimiento presentado por el ciudadano, MICHELE MABULLI RÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.655.960, con número de teléfono whatsapp: +58414-463-97-72, y correo electrónico: i.mabulli2009@gmail.com, debidamente asistido por el abogado, RICHARD JOSÉ GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 172.754, en el juicio de Reconocimiento de Contenido y Firma, incoado por el abogado, LISKAIR JOSÉ LA ROCHE SOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.458.367 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 211.930, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana, L.....