Por todas las razones de hecho y de derecho pormenorizadamente analizadas, este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en Amparo al derecho al debido proceso y al derecho a la defensa, derechos garantizadas por lo procedimientos legalmente establecidos para la petición de Reconocimiento en Contenido y Firma de documentos privados, los cuales están constituidos por normas procedimentales de orden público, se abstiene de admitir la presente Solicitud, al ser contraria a derecho por inexistente la forma procedimental como se propuso la pretensión de reconocimiento en contenido y firma del documento privado anexo en original al escrito de solicitud, siendo que el único procedimiento a seguir en los tribunales de la República Bolivariana de Venezuela, para tutelar dicha pretensión es el procedimiento contencioso or.....