Por todo lo antes expuesto, resulta forzoso para esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, en armonía con las normar reguladoras del debido proceso y la tutela judicial efectiva, declarar improcedente lo solicitado y así se declara, por no haber demostrado la solicitante tener cualidades para actuar en el presente juicio como tercero legitimo.