DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas por este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria formulada por la ciudadana Adriana Lobo, asistida por el abogado Edgard Calderón I.P.S.A Nro 123.437, respectivamente mediante el cual solicita la aclaratoria de la +sentencia dictada en fecha 14 de Octubre de 2011, , y en este sentido SE SUBSANA los errores materiales cometidos en el particular PRIMERO Y SEGUNDO, antes referidos en los términos expuestos en la motiva de la presente aclaratoria. En consecuencia, téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia señalada supra.-