DECISIÓN
Por las razones y motivos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD intentada por el ciudadano contra la Providencia Administrativa 00063-15, de fecha 02 de Marzo de 2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, del Expediente Administrativo Nº 043-12-01-01494 (Nomenclatura de la Inspectoría) que declaró con lugar la solicitud de calificación de faltas interpuesta por la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con el numeral 1 del artículo 35, de la Ley Orgánica de la Jurisdicción.....