En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación incoado por la parte demandada recurrente; SEGUNDO: Ratifica la práctica de la Inspección Judicial realizada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial, respectando los derechos Constitucionales de las partes involucradas en el presente juicio.