Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNCIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente demanda que por DIVORCIO POR DESAFECTO, incoara la ciudadana MARIA ALCIRA MEDINA ROMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-5.193.749, a través de sus apoderados judiciales abogados Carlos Alberto Romero y José Gregorio Arias, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 215.875 y 285.637 respectivamente, en contra del ciudadano OSWARD ANDRES CECERES MEDINA,venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-17.857.925, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la notificación de la presente decisión mediante listado, que .....