Como quiera que, según lo analizado se considera que el Imputado de autos ya cumplió a cabalidad con el ACUERDO REPARATORIO acordado en la presente Causa; este Juez Sexto de Control del Circuito Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la EXTINCION DE LA ACCION PENAL y el consecuente SOBRESEIMIENTO de la presente Causa, a favor del ciudadano ZAMBRANO MORENO DELYS MARCEL, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad número V-12.000.461 y domiciliado en la Urbanización Base Sucre, calle 4, Casa N° 830, Maracay, Estado Aragua; todo conforme a lo establecido en el Artículo 48 Ordinal Sexto del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 318 Ordinal Tercero Ejusdem.-
Diarícese. Regístrese la decisión. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MIGDALIA SIRA ALVAREZ.
En la misma fecha se cumplió lo ordena.....