DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos JESUS ANTONIO ARELLANO RAMIREZ y ARELIS MARGARITA BARRETO COLON, antes identificados y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, existente entre ellos desde el día 10 de marzo de 1.982, según consta en copia certificada de Acta de Matrimonio, anotada bajo el N°.08, folios 13 fte. y vto, y 14 fte. y vto, del Libro de Registro civil de Matrimonios llevado por el extinto Juzgado Undécimo de Parroquia del Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, durante el año 1.982.
Liquídese la comunidad de gananciales en los términos expresad.....