El Tribunal retirados como han sido los bienes, y dando cumplimiento a la presente medida, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SECUESTRADO el inmueble constituido por un Local Comercial, Distinguido con la Letra y numero SOT-28, ubicado en el Nivel Sótano del Centro Comercial Hyper Jumbo, Situado en la Avenida Fuerzas Aéreas cruce con Avenida José Casanova Godoy de esta Ciudad de Maracay Estado Aragua, y hace entrega del mismo a la representante judicial de la parte demandante abogada CARMEN YONELA GONZALEZ, Inpreabogado Nº 14.043, por cuanto la parte actora fue designada por el tribunal de la causa como depositaria del inmueble a secuestrarse, y quien estando presente, expuso: Recibo conforme para mi representada el inmueble anteriormente descrito objeto de la medida de Secuestro practicada por este Tribunal, en el estado en que se encuentra y juro cuidarlo como un buen padre de familia. Es todo.