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					| Decisiones del dia 11/02/2010 | 
				   
				  	
				  
			 
			  
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					      | N° Expediente :
								2037-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								801
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: ROSSANA SEIJAS GONZALEZ Y ANTONIO YAMOUR CHACON,  | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE  2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua, según acta de fecha 10 de Noviembre de 2.009, entre los ciudadanos: ROSSANA SEIJAS GONZALEZ y ANTONIO YAMOUR CHACON, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-15.737.174 y Nº V-5.528.045, respectivamente, en su carácter de padres de la niña  (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),  , relativo a la obligación de alimentos, del ya referido niño.- En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								2034-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								798
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: YUSMIRA NINOSKA MARTINEZ HERNANDEZ Y ENDERSON ENRIQUE WEFERR JAIMES, | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE  2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua, según acta de fecha 18 de Noviembre de 2.009, entre los ciudadanos: YUSMIRA NINOSKA MARTINEZ HERNANDEZ y ENDERSON ENRIQUE WEFERR JAIMES, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-18.230.751 y Nº V-16.436.821, respectivamente, en su carácter de padres de las niñas  (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),   relativo a la obligación de alimentos, de las ya referidas niñas-. En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artí..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								2036-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								800
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: FANY YUSBELYS PALOMO RUIZ Y ALEXANDER RAFAEL BRITO QUILARQUE,  | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE  2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua, según acta de fecha 17 de Noviembre de 2.009, entre los ciudadanos: FANY YUSBELYS PALOMO RUIZ y ALEXANDER RAFAEL BRITO QUILARQUE, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-18.552.737 y Nº V-16.673.204, respectivamente, en su carácter de padres del niño  (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),  , relativo a la obligación de alimentos, del ya referido niño.- En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la ..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								2035-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								799
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: ITAMAR BEATRIZ BELLO MORILLO Y DOMINGO ALBERTO HERRERA NAVARRO,  | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE  2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua, según acta de fecha 08 de Diciembre de 2.009, entre los ciudadanos: ITAMAR BEATRIZ BELLO MORILLO y DOMINGO ALBERTO HERRERA NAVARRO, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-11.665.695 y Nº V-9.438.243, respectivamente, en su carácter de padres de los niños  (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),  relativo a la obligación de alimentos, de las ya referidas niñas-. En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 31..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								2033-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								797
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: ORLANDY MARGARITA MEDINA HERRERA Y JESUS ANTONIO RAMIREZ  | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE  2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua, según acta de fecha 19 de Noviembre de 2.009, entre los ciudadanos: ORLANDY MARGARITA MEDINA HERRERA y JESUS ANTONIO RAMIREZ RUJANO, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-20.216.132 y Nº V-16.435.295, respectivamente, en su carácter de padres de la niña  (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),  , relativo a la obligación de alimentos, de la ya referida niña-. En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 315..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								2037-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								696
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: ROSSANA SEIJAS GONZALEZ Y ANTONIO YAMOUR CHACON, | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE  2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua, según acta de fecha 10 de Noviembre de 2.009, entre los ciudadanos: ROSSANA SEIJAS GONZALEZ y ANTONIO YAMOUR CHACON, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-15.737.174 y Nº V-5.528.045, respectivamente, en su carácter de padres de la niña  (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),  , relativo a la obligación de alimentos, del ya referido niño.- En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								2036-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								695
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: FANY YUSBELYS PALOMO RUIZ Y ALEXANDER RAFAEL BRITO  | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE  2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua, según acta de fecha 17 de Noviembre de 2.009, entre los ciudadanos: FANY YUSBELYS PALOMO RUIZ y ALEXANDER RAFAEL BRITO QUILARQUE, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-18.552.737 y Nº V-16.673.204, respectivamente, en su carácter de padres del niño  (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),  , relativo a la obligación de alimentos, del ya referido niño.- En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la ..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								2054-10
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								709
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria | 
					 
					
					
					  Partes: YNGRY JOSEFINA GUARAMAS Y NUMAN RAMON MATUTE PUERT,  | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								                     REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
EN SU NOMBRE 
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO,  11  DE  FEBRERO DE 2.010.-
199° Y 150°
	Visto el acto conciliatorio celebrado por ante la Defensoría de los Derechos del Niño y Adolescente del Municipio Mariño del Estado Aragua según acta de fecha 16 de Septiembre del 2.009, entre los ciudadanos YNGRY JOSEFINA GUARAMAS y NUMAN RAMON MATUTE PUERT, Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de Identidad N° V-13.701.704 y Nº V-4.404.981, respectivamente, en su carácter de padres de la niña (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA),relativo a la obligación de alimento, de la ya referida niña. En consecuencia por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación en los mismos términos y condiciones establecidas por las partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 ..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Gladys Guadalupe Giron Diaz
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Municipio Santiago Mariño
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
                   
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      | N° Expediente :
								DP11-L-2010-000142
							
						   | 
						  
						  N° Sentencia :
							
								DP11-L-2010-000142
							
						   | 
						  
						  Fecha: 11/02/2010 | 
						 
					  
					
					  Procedimiento: Enfermedad Profesional | 
					 
					
					
					  Partes: HERIBERTO MERCADO, EUDIS SILVA Y DENI GARCIA VS. EMPRESA MERCANTIL KIMBERLY-CLARK VENEZUELA, C.A., (ANTES VENEKIM, C.A.). | 
					 
					
					  
					
						
						Resumen: 
						
								DISPOSITIVO 
            Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones legales previstas en los artículos 256, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo decide: 
PRIMERO: Se imparte la Homologación de los acuerdos alcanzados por las partes en el proceso de conciliación y contenidos en la presente Acta, dándoles el carácter de Cosa Juzgada.
 
SEGUNDO: Se declara terminado el proceso y se ordena el cierre y archivo de l..... 
							
						 | 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: 
							Nancy Griselys Silva
						 | 
					 
					  
					
						
						Organo: 
						Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
						 | 
					 
					
			       
				  
				   
				
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