De el análisis de las actas que conforman el presente expediente se desprende: a) la capacidad de ambas partes para celebrar y suscribir dichos actos, tratándose de materias en la que no está prohibida la transacción y por cuanto se evidencia que ambos padres están comprometidos con la crianza y manutención de su hijo dentro de sus posibilidades económicas, y en virtud que el padre ofreció la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES mensuales, (Bs. 300,00) que se elevaran. b) Incrementados al doble los meses de Septiembre y Diciembre de cada año. c) Incrementados toda vez que el Demandado perciba aumento salarial de los decretados por el Ejecutivo incrementara el aporte, queda garantizado el derecho del niños de recibir manutención por parte de su padre, que el niño esta incluido en el Seguro Social por tal razonamiento este JUZGADO DEL MUNICIPIO ACOSTA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, considera dicho acuerdo totalmente ajustado al derecho, en consecuenc.....