PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el Abogado RAFAEL FUGUET ALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.218.349, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 23.129, actuando como apoderado judicial de Sociedad Mercantil SOLINTEX DE VENEZUELA, C.A.- ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: Se SUSPENDEN LOS EFECTOS de la Providencia Administrativa Nº 407-10 de fecha 18 de noviembre de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomos Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua con sede en Cagua Estado Aragua, en el Expediente Nº 009-2010-01-00334, hasta tanto se decida el fondo del presente recurso de Nulidad Contencioso Administrativo.- ASI SE DECIDE.- TERCERO: Se ORDENA oficiar a la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomos Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua con sede en Cagua E.....