Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara SIN LUGAR, tanto la presente acción como la apelación ejercida por el abogado CESAR CABELLO GIL, procediendo en este acto con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadana NADIA YSABEL BADRA GIL, en contra de la decisión emitida en fecha 16 de octubre de 2015 emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el juicio de NULIDAD DE VENTA, llevado en contra de los ciudadanos DIEGO ERNESTO MIRAMARE FIGUEROA, MIREYA DEL CARMEN MIRAMARE DE COLOMBO, JOSE ROBERTO COLOMBO MIRAMARE, y SERVICIOS LABORAL.....