Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por el ALEXANDER JOSE OSORIO LUGO, identificado con la cedula de identidad N° V-14.181.028, y ORDENA en forma sumaria la Rectificación del Acta de Nacimiento, asentada bajo el Nº 416, folio 106, año 1979, en los Libros de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil y Electoral de la Parroquia Alonso de Ojeda del municipio lagunillas del estado Zulia, por lo que donde se lee: "WILMER MANUEL OSORIO MONTENEGRO, natural del municipio Cabimas" debe leerse: "WILMER MANUEL OSORIO MONTENEGRO, nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-5.179.557", y por lo que donde se lee: "YUNY ALICIA LUGO, natural del municipio Cabimas" debe leerse: YUNY ALICIA LUGO CARRA.....