DISPOSITIVA
En vista de las anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 02, del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JAVIER ORESTES MOLINA ACERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 12.854.282, domiciliado en la Urbanización la macarena II, Municipio Libertador del Estado Aragua, a DOS (02) AÑOS Y TRES MESES DE PRESIDIO por los delitos de ROBO AGRAVDO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 460 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal y 5 de la reforma al mismo Código. SEGUNDO: Se condena además a las penas accesorias de conformidad con el artículo 13 del Código Penal vigente y al pago de las Costas Procesales, de conformidad a lo establecido en el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: .....